17/03/2021

El dominio de la palabra

Escrito por Gonzalo Mañes

Recuerdo que en mi primer artículo me referí al derecho, en sentido amplio y abarcador, como un arma cargada de presente y de futuro (gracias a G. Celaya por el préstamo), una vía necesaria y en ocasiones única, para continuar la lucha y ampliar el horizonte de los derechos y de las libertades, tan menguado y amenazado por los viejos y los nuevos poderes, ávidos de acrecentar su dominio y hace unos días el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha refrendado, en cierta medida, esa convicción y deseo con dos sentencias que abren puertas, y culminan una paciente y en ocasiones desconocida acción sindical.

La primera de ellas es el colofón a un largo conflicto con la Diputación Foral de Bizkaia (DFB) que desde la constitución de la sección sindical de la CNT, en mayo del 2016, le negó todo incluso su derecho a existir, no reconociendo ni a la sección ni a su delegado sindical y llegando incluso a discutir la legalidad de su constitución. Tres procesos judiciales se siguieron, los tres perdidos, dos de ellos con condena en costas que hubo que pagar a la DFB, pese a que sus servicios jurídicos estuviesen en nómina y por tanto no generasen coste alguno para las arcas de la institución foral, tres procesos en los que, obstinadamente, se nos negó la simple existencia, impidiendo que la afiliación de la CNT en la DFB pudiese desplegar su acción.

Decidimos plantear una nueva batalla jurídica centrándola esta vez, de forma exclusiva, en el inalienable derecho de todo sindicato a constituirse en sección sindical en una empresa, dejando fuera cualquier asunto que pudiera oscurecer o enturbiar el debate y, pese a ello, la primera sentencia que recayó volvió a rechazar nuestro derecho a constituir una sección sindical. Hubo que apelar, y doy testimonio de las numerosas dudas que nacieron ante una eventual nueva sentencia desestimatoria: ¿qué hacer entonces, qué camino seguir?...¿el Tribunal Constitucional, la UE?…alguna voz incluso nos aconsejó abandonar el proceso para limitar, en lo posible, los daños: imagínate las consecuencias, nos dijeron, si el TSJPA resuelve en contra, modificando la doctrina jurisprudencial existente…pero no había otra y el apoyo y empeño de la sección fue total, había que intentarlo…varios meses después la sentencia ha venido a confirmar nuestra razón, de manera clara, condenando en costas a la DFB, una resolución que, más allá del caso concreto, refrenda y legitima la opción sindical seguida por la CNT.

La otra sentencia, también dictada por el TSJPV, ha confirmado la nulidad del despido sufrido por el secretario en prevención de riesgos laborales de la sección sindical de CNT en la empresa ATACO. Contar la historia de esta sección, los múltiples avatares y conflictos judiciales que ha vivido desde su constitución, las deserciones y traiciones que ha soportado, la hostilidad de una parte de la plantilla, daría para escribir no uno sino varios artículos o incluso un manual sobre la condición humana y sus contradicciones…pero es a ellas, las afiliadas de esta sección, a las que corresponde recordar y recordarnos un día su lucha sindical durante años, su compromiso, los ataques sufridos y los “daños colaterales” que su insobornable conducta les ha valido…Precisamente por eso, esta sentencia ha sido tan importante, validando y reconociendo la acción de tantos años: una suerte de afirmación y confirmación, que se une a otras también en sede judicial, de que la acción sindical, sin pasar por la representación unitaria, no solo es legal, sino que es esencial para la defensa de los derechos laborales…habrá otros procedimientos, en algunos la suerte nos acompañará y en otros nos dará la espalda, es lo propio de la justicia, tan ciega a veces, tan ensimismada, pero hay algo que no va a cambiar: las ganas de seguir en el tajo…judicial.

Y ya para cerrar estas líneas, otra buena noticia por la que quiero felicitar, se lo merece bien, al inspector de trabajo que en fechas recientes ha dado prueba de tesón y lucidez, además de conocimiento jurídico, al emitir un soberbio requerimiento a OSAKIDETZA en materia de seguridad y salud laboral. Merece la pena leer con atención sus ochenta y cinco páginas, en las que desgrana las diversas actuaciones seguidas, analizando en detalle los incumplimientos de la sanidad pública vasca, con juicios certeros y clarificadores, proponiendo soluciones, habiendo contado además con el concurso experto de OSALAN.

Cuando la administración pública, en cualquiera de sus ámbitos, cumple con sus obligaciones, la defensa de los derechos y libertades está asegurada…la cosecha de marzo ha sido venturosa…¡a por abril!

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