- Inspección de Trabajo da la razón a la sección sindical obligándole a tener un calendario laboral.
- "La resolución es positiva, pero todavía tendremos que trabajar mucho hasta que se cumplan todos los derechos", subraya CNT.
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha iniciado un expediente sancionador contra Transportes Ocón por no tener un calendario laboral tal y como indica el Artículo 49 del XV Convenio General de Centros y Servicios de Atención a Personas con Discapacidad. La ausencia del calendario laboral, circunstancia que fue denunciada por la Sección Sindical de CNT, privaba a la plantilla de poder calcular los días de descanso que les correspondían para no superar la jornada anual establecida en el convenio colectivo, conocer el horario de sus jornadas y poder conciliar su actividad profesional con su vida privada. Además de iniciar expediente sancionador por no tener el calendario laboral correspondiente a 2020, la Inspección de Trabajo ha advertido a la empresa de «la obligación de elaborar el correspondiente a 2021».
Por otra parte, en el mismo acta, la Inspección de Trabajo formula requerimiento a la empresa a que, cumpliendo con lo establecido en el convenio colectivo, ponga a disposición de las Secciones Sindicales un tablón de anuncios para que puedan difundir información entre la plantilla. A este respecto, la Inspección de Trabajo indica que «la sección sindical del sindicato CNT tiene legalmente la consideración de tal estando reconocida en la empresa».
Desde la Sección Sindical de transportes Ocón consideramos esta resolución como algo positivo, aunque todavía queda mucho trabajo por hacer en la lucha contra las irregularidades cometidas por esta empresa. Por este motivo, instamos a todos los trabajadores y trabajadoras de Transportes Ocón a ponerse en contacto con la Sección Sindical de CNT, ya que "unidas somos más fuertes".