30/07/2020

El Tribunal Supremo condena a Médicos Sin Fronteras por sus abusos a la plantilla de captación de fondos

  • La Sección Sindical de la CNT en Médicos Sin Fronteras denunció como abusiva en 2015 la cláusula de rendimiento mínimo pactado en los contratos.
  • La sentencia ofrece la posibilidad de anular las cláusulas abusivas de esta y otras organizaciones de captación similares.

Tras un periplo de casi cinco años, llega la última resolución al conflicto colectivo iniciado por la CNT contra la organización Médicos Sin Fronteras. La sección sindical demandó como nula la cláusula de rendimiento mínimo con la que la ONG conseguía realizar despidos masivos sin preaviso y sin abonar indemnizaciones. Así, el Tribunal Supremo ratifica la decisión del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, que ya en el año 2018 anulaba dicha cláusula que obligaba a realizar 6 socias/os semanales al plantel de captación.

Señala la sentencia que queda probado que los “objetivos son abusivos por irrazonables y de imposible consecución” y que queda “sobradamente probado que la cláusula controvertida constituye una cláusula tipo, impuesta por la empresa a todos los contratos de trabajo en el ámbito del conflicto, sin que quepa admitir de ninguna de las maneras que la misma fue convenida libremente con los trabajadores”.

Según el sindicato, esta tardía sentencia confirma una vez más la legitimidad de nuestras secciones sindicales y la fuerza del trabajo en común sin comités de empresa ni personas delegadas.

Nueva jurisprudencia, nuevos caminos
La sección sindical se lamenta por la tardanza de esta resolución y cifra en “cientos, sino miles” los puestos de trabajo que Médicos Sin Fronteras finiquitó por medio de esta fórmula que ahora llega a su fin. “Esta sentencia abre el camino a reclamar todas y cada una de las cláusulas de rendimiento en las plantillas de captación de socias y socios en todas las organizaciones y subcontratas” — matizan desde el sindicato.

“Ese lobby llamado Asociación Española de Fundraising”
Desde la CNT también se quiere llamar la atención sobre la Asociación Española de Fundraising, que fue cómplice de esta práctica ilegal participando, sabiendo el número de despidos masivos, y participando de forma activa en los juicios que tuvieron lugar en Galicia y en el resto del Estado. Desde el sindicato, se señala que es “inasumible” la condición de “defensores de los derechos humanos cuando se deja de lado el derecho a un trabajo digno”. Tiene mayor importancia, si cabe, cuando se trata una Fundación cuyo objetivo es velar por las condiciones de las personas que se dedican a ello.

Trabajadoras y ex-trabajadoras al ser preguntadas por esta central coincidieron en que “el departamento de fundraising de MSD trabajaba en connivencia con el resto de las organizaciones, como un lobby, porque todas hacen los mismo y les conviene”. Un trabajador indica que ese es el modo de trabajar de “ese lobby llamado Asociación Española de Fundraising”.

“Hay que organizarse antes de nada”
CNT fue el primer sindicato que se hizo eco de las condiciones abusivas de este tipo de organizaciones. Esto fue posible gracias a la organización de la clase trabajadora y al uso del sindicato como una herramienta y no como una asesoría laboral. Si estás sufriendo una situación similar, contacta con CNT para asesorarte y luchar por lo que es justo.

El sindicato CNT llama a todas las personas que componen las plantillas de captación de fondos de las distintas oenegés a organizarse y luchar por sus derechos. Principalmente, tanto a las que contratan de forma interna – como Médicos Sin Fronteras, ACNUR o Greenpeace – como a las que subcontratan esta función – como UNICEF, Aldeas Infantiles, Save The Children, Asociación Española Contra el Cáncer, Fundación Josep Carreras, Intermón Oxfam o Acción Contra el Hambre-.

Acceso a la sentencia

Fuente de la foto: Público

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